| NFJ013560 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Sentencia 16/2003 de 30 de enero de 2003 | | | | SUMARIO:II.EE. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Recursos de inconstitucionalidad y conflictos positivos de competencia acumulados, planteados por el Gobierno de Canarias, el Parlamento de Canarias y el Grupo Parlamentario Popular del Senado en relación con la normativa reguladora del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Se suscitan cuestiones de índole material, formal y procedimental. En primer lugar la posible vulneración del principio de franquicia fiscal sobre el consumo que forma parte del régimen económico y fiscal canario. De considerar que el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte no es inconstitucional por el motivo anterior se insta su inconstitucionalidad por vulneración de las reglas del procedimiento legislativo establecido en la disp. adic. tercera de la CE en relación con el art. 46.1 del Estatuto de Autonomía de Canarias. De no admitirse los planteamientos anteriores, reivindican el Gobierno y el Parlamento canarios la titularidad de la competencia autonómica para el desarrollo legislativo y ejecución en materia de procedimiento económico-administrativo y fiscal, respecto de los tributos integrantes en el régimen económico y fiscal canario, o la competencia autonómica de gestión en el caso de que se trate de un tributo cedido. El TC desestima los recursos de inconstitucional presentados contra diversos preceptos de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales. Desestima también los conflictos positivos de competencia presentados contra el RD 1623/1992; contral el art. 130 del RD 1165/1995, por el que se aprueba el Rgto. de los II.EE. y contra la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 8 de enero de 1997, declarando que la competencia controvertida corresponde al Estado. Voto particular. |
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