NFJ029082 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Sentencia 1588/2007 de 12 de diciembre de 2007 | | SUMARIO:IP. Exenciones.
Participaciones en entidades. La Sala concluye que, si bien es cierto que no se establece el concepto de PYME en el RD 2481/1994 (Requisitos y condiciones de las actividades empresariales y participaciones en entidades para la aplicación de la exención en el IP), sí puede deducirse claramente que la sociedad de autos no tiene tal condición de pequeña o mediana empresa si se tiene en cuenta el número de trabajadores (supera los 250) y el volumen de operaciones (superiores a 40 millones de euros), siendo así que no cumple los requisitos que deben concurrir en la sociedad participada. Por tanto, no procede la exención aun cuando concurrieran los requisitos de carácter subjetivo necesarios legalmente para reconocerle la misma. [Vid., en sentido contrario, STS, de 23 de febrero de 2012, recurso n.º 603/2008 (NFJ046439), que resuelve el recurso interpuesto contra esta sentencia]. |
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