NSJ004800 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Sentencia 197/1998 de 13 de octubre de 1998 | | SUMARIO:Principios del ordenamiento social. Libertad de expresión e información. Despido. Calificación. Nulidad del despido cuya causa deriva del ejercicio legítimo de derechos fundamentales. La celebración del contrato de trabajo no implica en modo alguno la privación para una de las partes, el trabajador, de los derechos que la Constitución le reconoce como ciudadano. El despido de un trabajador, como consecuencia de su actuación como testigo en un proceso, sin que se acredite por el empresario la falta de veracidad en el testimonio, sanciona el ejercicio del derecho y deber del despedido, de informar verazmente al órgano judicial. |
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