NSJ020811 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Sentencia 154/2006 de 22 de mayo de 2006 | | SUMARIO:Acción protectora. Muerte y supervivencia. Pensión de orfandad. Indemnización especial a tanto alzado para el caso de muerte en accidente de trabajo o enfermedad profesional. Vulneración del derecho a no ser discriminado por razón de nacimiento: indemnización de orfandad para el hijo extramatrimonial de un fallecido en accidente de trabajo y cuya madre carece de derecho a ella. Discriminación indirecta. Dado que el progenitor vivo de un hijo extramatrimonial carece del derecho a la percepción de la indemnización por no estar casado, concurre el derecho de los huérfanos a acrecer las suyas con el importe correspondiente que resulte de la distribución de aquélla, evitándose así el impacto negativo que otra interpretación tendría en la realidad familiar de los hijos extramatrimoniales. La regulación aplicable no contiene una diferenciación expresa entre hijos matrimoniales y extramatrimoniales, lo que permite una interpretación no diferenciadora, evitándose la discriminación por razón de filiación de carácter indirecto prohibida constitucionalmente, al perjudicarse de modo reflejo la situación económica familiar de los hijos extramatrimoniales. En estos supuestos de convivencia more uxorio, tanto en casos de orfandad relativa como absoluta, las prestaciones previstas en el régimen público de Seguridad Social permiten garantizar a los hijos extramatrimoniales igualdad de protección con los matrimoniales, pues aquéllos no deben sufrir una peor situación económica familiar por el hecho de que sus padres no contrajeran matrimonio. |
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