NSJ037318 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN (Sede en Valladolid) Sentencia 1499/2010 de 6 de octubre de 2010 | | SUMARIO:Extinción por incumplimiento del empresario. Retrasos en el abono e impago de salarios. En los procesos de resolución contractual por falta de pago del salario, lo relevante es la situación en el acto de la vista. Si en tal momento los salarios que eran debidos en el momento de la presentación de la demanda han sido ya pagados, estaremos ante retrasos en el pago y no ante impagos, debiendo computarse a esa fecha el número de nóminas impagadas o abonadas con retraso para valorar la gravedad del incumplimiento. Por tanto, la valoración de la situación en el acto de la vista permitirá convertir los impagos en meros retrasos, si la empresa paga en el transcurso del proceso y antes de la vista, en una suerte de enervación de la demanda resolutoria con ciertas analogías con la aplicable en el ámbito de los arrendamientos urbanos, pero que solamente podrá operar una vez (siempre y cuando los retrasos ya producidos no sean por sí mismos de tal gravedad que constituyan causa resolutoria), dado que si dicha situación se reproduce concurrirá la causa extintiva por los retrasos continuados, aunque no lleguen a considerarse como impago. |
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