NSJ045738 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS (Sede en Las Palmas) Sentencia 804/2011 de 19 de mayo de 2011 | | SUMARIO:La protección por desempleo. Obligaciones. Beneficiario de nacionalidad extranjera que marcha a su país de origen por período no superior a 15 días -de vacaciones-, habiendo obtenido la autorización del INEM. Extinción de la prestación por demora en el regreso acordado, considerándose, por este motivo, la existencia de traslado de residencia al extranjero. La presunción legal del art 6.3 RD 625/1985 es de que la salida al extranjero por tiempo no superior a 15 días naturales por una sola vez cada año no es traslado de residencia y ello es una presunción iuris et de iure que no admite prueba en contrario. La presunción que hace el INEM de que la salida al extranjero por más de 15 días implica cambio de residencia no es una presunción iuris tantum, ya que no consta en ley alguna y por tanto no tiene por qué ser desvirtuada por el trabajador. Corresponde al INEM probar el traslado de residencia al extranjero. Un viaje de vacaciones por un tiempo normal no puede ser tenido como cambio de residencia. [Vid. STS de 23 de octubre de 2012, recurso nº3229/2011 (NSJ046038), que casa y revoca parcialmente esta sentencia]. |
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