NCJ056821 TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 803/2011 de 9 de marzo de 2012 | | SUMARIO:Recurso extraordinario por infracción procesal. Estimación. Responsabilidad civil profesional de notarios. Subasta de contenedores destinados al tráfico marítimo. Nulidad. Incumplimiento por el notario del deber de constatar la identidad del propietario de los contenedores. Los notarios son profesionales a quienes compete el ejercicio privado de funciones públicas. La naturaleza pública de sus funciones se manifiesta de manera plena en el ejercicio de la fe pública notarial mediante la extensión o autorización de instrumentos públicos. La autorización de la subasta a que se refiere el art. 1.872 CC se encuadra dentro de esta función pública, por lo que es exigible a los notarios la función de control de la legalidad que impone el art. 147 RN. El notario debe controlar la forma exterior del acto que autoriza para procurar que en él concurran todas las precauciones necesarias a fin de que se considere digno de fe. En el presente caso, los notarios, al autorizar las subastas no actuaron con la diligencia exigible, pues su diligencia se concretaba en exigir al requirente la justificación sobre la propiedad de los bienes subastados, ya que solo de este modo puede asegurarse la regularidad formal de las mismas, especialmente cuando -como es el caso- el requerimiento para las subastas no tenía su fundamento en la existencia de una prenda debidamente constituida, sino en la retención de los contenedores efectuada por el requirente de la subastas, lo que supone una situación que exige extremar las cautelas propias de su función, como lo demuestra la circunstancia de que las subastas fueron finalmente declaradas nulas por inexistencia del derecho del requirente a retener y enajenar los contenedores. |
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