NFJ026415 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA Sentencia 355/2007 de 2 de abril de 2007 | | SUMARIO:IVA. Deducciones. Requisitos formales de la deducción.
Documentos justificativos del derecho a la deducción. Factura original expedida por quien realice la entrega o preste el servicio. Documentos sustitutivos de la factura. Escritura pública. Los recurrentes adquirieron a una entidad mediante escritura pública un solar y una nave en construcción cuyas obras de finalización se contrataron con otra empresa. La comunidad de bienes resultante comenzó la actividad de arrendamiento de la nave. Si bien no se aporta la factura de compraventa, ante la negativa de la vendedora, no hay que dejar de tener en cuenta que la parte recurrente ha intentado demostrar el intento de obtención de un duplicado de la factura original y que la escritura pública de compraventa contiene elementos suficientes para un completo control administrativo del tributo. En cuanto a la factura por las obras, atendida la falta de personalidad de la comunidad de bienes y la posibilidad de los comuneros de actuar en interés de la comunidad, debe aceptarse la deducción practicada por cada uno de ellos. [Vid., en el mismo sentido, STS, de 11 de julio de 2011, recurso n.º 219/2008 (NFJ044360), dictada en recurso de casación para la unificación de doctrina, en la que esta sentencia se utiliza de contraste]. |
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