NFJ037017 TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 25 de noviembre de 2009 | | SUMARIO:IVA. Obligaciones formales. Deber de expedir y entregar factura. Operaciones con terceras personas. Prescripción del derecho a determinar la deuda tributaria. Interrupción. Por actuación del obligado tributario conducente a la liquidación.
Carácter interruptivo de las declaraciones resumen. Es rechazable la tesis del recurrente en el sentido de que la declaración-resumen anual no es una verdadera declaración tributaria, sino una comunicación informativa, pues tal aserto es, desde luego, contrario a su denominación «declaración», pero lo es también a su contenido, pues, aparte de otras razones, en virtud de la documentación que ha de acompañarla, y los datos que en ella se consignan, tiene un contenido ratificatorio de las liquidaciones efectuadas durante el año. Pues bien, este elemento característico de la declaración-resumen anual, cual es la ratificación que supone de las declaraciones efectuadas durante todo el año, permite imputarle un contenido interruptivo de la prescripción, por efecto de su contenido liquidatorio. |
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