NFJ043300 AUDIENCIA NACIONAL Sentencia de 30 de mayo de 2011 | | SUMARIO:IS. Deducción por inversiones e incentivos. Investigación científica e innovación tecnológica (I+D+i).
Novedad.
Prueba pericial.
Requisitos. Proyectos de una empresa dedicada a la fabricación de papel para cigarrillos. La Inspección y los Tribunales Económico Administrativos rechazaron la deducción porque los proyectos consistían en esfuerzos rutinarios para mejorar la calidad de sus productos. Sin embargo, la entidad aportó un dictamen de un instituto químico en el que los expertos calificaban la actividad llevada a cabo como de I+D. La Sala considera procedente la deducción, con las salvedades que resultan de la prueba pericial practicada, pues la Administración no ha refutado suficientemente los dictámenes periciales en los que la deducción se ampara. Los conceptos de I+D+i son potencialmente indeterminados. El requisito de la novedad puede ser objeto de interpretaciones diametralmente opuestas. La Inspección dilucidó la cuestión con total ausencia de auxilio técnico, sin que los actuarios poseyeran titulación académica adecuada. Consideraciones generales: no se exige novedad absoluta; las empresas no tienen que tener como objeto social la investigación o el desarrollo; I+D no es un fin en sí mismo, sino un medio para mejorar su actividad o la de sus productos; necesidad de confiar en la prueba pericial independiente y con solvencia técnica para la determinación de los conceptos indeterminados. Los actos administrativos que se enjuician son contrarios a Derecho por falta de justificación: ausencia no sólo de motivación sino de toda razón para negar la deducción. La resolución del TEAC adolece de arbitrariedad. |
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