NSJ026213 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Sentencia 92/2008 de 21 de julio de 2008 | | SUMARIO:Principios, derechos y deberes constitucionales. Igualdad y no discriminación. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en relación con el de no ser discriminado por razón de sexo: despido de una trabajadora embarazada, a pesar de que la empresa lo ignoraba, en atención a la reforma del estatuto de los trabajadores por la Ley 39/1999. La nulidad del despido de las mujeres embarazadas contemplado en el art. 55.5 b) del TRET tiene carácter automático, vinculado exclusivamente a la acreditación del embarazo de la trabajadora y a la no consideración del despido como procedente por motivos no relacionados con el mismo, sin que se contemple requisito específico alguno de comunicación previa del embarazo al empresario, o de conocimiento previo por parte de éste, por cualquier otra vía, del estado de gravidez. Con ello se exime de la necesidad de demostrar el conocimiento por un tercero de un hecho que pertenece a la esfera más íntima de la persona y que la trabajadora puede desear mantener, legítimamente, fuera del conocimiento de los demás. Ver comentario a la sentencia.
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