NSJ026425 TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 18 de junio de 2008 | | SUMARIO:Modificaciones de las condiciones de trabajo. Reducción de jornada por guarda legal. Conciliación de la vida laboral y familiar. No cabe la solicitud de cambio de horario para la atención de hijo minusválido si no va acompañada de una reducción de jornada, ya que no se trata de dos derechos independientes sino de uno solo, la reducción de jornada (art. 37.5 ET) y la extensión en la que puede ejercitarse (art. 37.6 ET). Sala General. Voto particular. La negativa del órgano judicial a reconocer a la trabajadora la concreta reducción de jornada solicitada, sin analizar en qué medida dicha reducción resulta necesaria para la atención a los fines de relevancia constitucional a los que la institución sirve, ni cuáles son las dificultades organizativas que su reconocimiento pudiera causar a la empresa, constituye no solo un obstáculo injustificado para la permanencia en el empleo de la trabajadora y para la compatibilidad de su vida profesional con su vida familiar, sino también una discriminación indirecta por razón de sexo. |
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