NSJ036728 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID Sentencia 310/2009 de 20 de abril de 2009 | | SUMARIO:Acción protectora. Incapacidad permanente total. Deportistas profesionales. Futbolista que sufre una lesión grave de tobillo durante un encuentro de la que se recupera tras un proceso de incapacidad temporal, aunque sin llegar al 100 por 100. Solicitud dos años después de una incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo. Denegación. La limitación en el rendimiento determinada por causa patológica, pero que no ostente una entidad cualitativamente importante, no puede considerarse como evento protegible por la invalidez permanente, siquiera ese déficit leve pudiera incidir en el futuro profesional del afectado dificultando su rendimiento máximo y sus posibilidades laborales. Una disfunción no inferior al 33 por 100 constituye el dato objetivable mínimo necesario para alcanzar un juicio jurídico invalidante, sin que enerve tal conclusión el alto requerimiento funcional exigido para la práctica del deporte profesional. Si bien la vida útil del futbolista profesional queda considerablemente mermada por razón de la edad en relación con otros sectores profesionales, en la integración de este colectivo en el RGSS no se hizo ninguna matización al respecto, evidenciando la intención del legislador de sometimiento a los criterios generales, en donde la única edad que imposibilita el reconocimiento de la prestación por incapacidad permanente es la de 65 años, sin que exista una duración prefijada de la vida profesional de un futbolista. |
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