NSJ036878 TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 21 de septiembre de 2010 | | SUMARIO:Permisos, licencias y otras ausencias al trabajo. Necesidades familiares. Enfermedad grave u hospitalización. La simple alta hospitalaria del pariente no conlleva de forma automática la extinción o finalización del permiso. Es evidente que este permiso no puede estar destinado a holganza, viajes o asuntos propios del trabajador, lo que podría constituir claros fraudes o abusos de derecho merecedores del correspondiente reproche empresarial, pero su causa remota tampoco tiene por qué agotarse en el cuidado o atención personal, física y directa al familiar, ya que la enfermedad o el ingreso hospitalario de éste puede requerir de aquél otro tipo de dedicación no directamente relacionada con la atención personal, que igualmente pueda justificar la ausencia al trabajo del primero. Solo el alta médica hace desaparecer la razón última del permiso justificado por la situación patológica del familiar. |
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