NFJ041203 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Sentencia 359/2010 de 14 de abril de 2010 | | SUMARIO:IVA. Deducciones. Limitaciones del derecho a deducir. Reglas especiales respecto de algunos bienes de inversión. Vehículos. La aplicación de la norma comunitaria frente a una norma interna válida pero contradictoria, incluso de carácter legal, resulta obligatoria en virtud de la primacía comunitaria. Consecuencia de lo anterior, y sin necesidad siquiera de tener que proceder a determinar si la afección de los turismos a la actividad empresarial de la actora es o no exclusiva (es suficiente con que sea efectiva, aunque lo fuere de manera parcial o limitada), procede la deducción del IVA soportado en su adquisición. |
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