NSJ028761 TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 23 de abril de 2009 | | SUMARIO:Permisos, licencias y otras ausencias al trabajo. Necesidades familiares. Hospitalización de parientes por parto natural, normal y sin problemas. Concesión sin más condicionamiento que la justificación de la hospitalización, siendo irrelevante el motivo de la misma. Estimación. Basta la hospitalización para que se genere el derecho a la licencia cuestionada, sin que sea precisa la enfermedad más o menos grave de la mujer parturienta, ya que aunque el parto no merece tal calificativo, a efectos hospitalarios el ingreso de la parturienta es como el de cualquier enfermo patológico, teniendo por fin la prestación a la misma y al hijo que va a nacer de los servicios hospitalarios precisos. Lo contrario implicaría discriminar por razón de su sexo a la mujer que es hospitalizada para parir, ya que en ocasiones no basta con la ayuda de un pariente, sino que a veces deben turnarse varios familiares para atender a la mujer durante todo el día y para cuidar de los otros hijos que pueda tener. |
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