NSJ045800 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO Sentencia de 9 de octubre de 2012 | | SUMARIO:Despido colectivo. ERE. Reforma laboral. Vulneración de derechos fundamentales. Huelga. Libertad sindical. Empresa que inicia periodo de consultas planteando, entre otras medidas, amortizar 91 puestos de trabajo por causas económicas. Convocatoria de huelga por los trabajadores en rechazo a lo planteado comenzando un periodo de consultas que finaliza sin acuerdo. La empresa procede a cerrar 2 de los 4 centros de trabajo existentes para cesar a 358 trabajadores, extinguiendo, hasta la fecha del juicio en total, 178 contratos (de los cuales 174 habían secundado la huelga y 97 estaban afiliadas al sindicato convocante). Nulidad de la medida por vulneración del derecho a la huelga y libertad sindical. No se ha producido variación alguna en la situación económica-financiera de la empresa entre la propuesta de amortización de 91 contratos al cierre de los 2 centros, por ello no concurre esa justificación razonable y objetiva de la medida adoptada existiendo por ello indicios suficientes de vulneración de derechos fundamentales. Sorprende la drástica decisión de cierre de dos centros de trabajo por causas económicas sin que conste medida alguna en los otros dos centros. La redacción dada al art 124.9 LRJS por el RDL 3/2012 no contempla para la declaración de nulidad del despido colectivo efecto alguno, por lo que no se realiza más que la declaración de nulidad sin perjuicio de las demandas individuales planteadas. |
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