NSJ047246 TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 28 de junio de 2013 | | SUMARIO:Muerte y supervivencia. Pensión de orfandad. Pareja de hecho no formalizada mediante su inscripción en el Registro ad hoc. Derecho de acrecimiento con la pensión de viudedad no causada por el progenitor sobreviviente. Estimación. Reconoce la Sala su procedencia aun cuando no concurra la orfandad absoluta exigida legalmente, pues se equiparan ambas situaciones siempre y cuando medie una situación de necesidad que justifique el acrecimiento de la pensión. Se entiende que concurre dicha situación de necesidad ante la innegable pérdida de ingresos (los del causante), la cual no se ha visto paliada con la pensión de viudedad. La discriminación indirecta por razón del origen de la filiación no puede predicarse de la totalidad de los hijos extramatrimoniales, sino exclusivamente de aquellos cuyos progenitores no constituyan parejas de hecho o de quienes siéndolo no se hayan constituido como tal a los efectos legales, como en el presente caso, pues en ambas situaciones subyace la situación de necesidad. |
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